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domingo, 28 de mayo del 2023, 03:03 pm

Septiembre 2022

• La política Nacional de Humedales de Colombia, fue formulada en el 2002, en el marco de los compromisos adquiridos por el país ante la convención Ramsar (Ley 357 de 1997).
• Su actualización busca principalmente tener líneas de planificación, manejo integral y uso racional, que permitan cuidar de ellos, mantenerlos y seguir evitando las invasiones a los mismos.
 
San Andrés Isla, 27 de octubre de 2022. El Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, con el acompañamiento de nuestra Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA, viene socializando en todo el país, el proyecto de la Actualización de la Política Nacional de Humedales, de manera que se tengan unos derroteros, para poder proteger estos ecosistemas que en muchos lugares del país y del mundo vienen siendo vulnerados en sus espacios, invadidos y contaminados. 
 
La Política Nacional de Humedales de Colombia, fue formulada en el 2002, en el marco de los compromisos adquiridos por el país ante la convención Ramsar (Ley 357 de 1997), y su actualización está articulada con las dinámicas territoriales, normativas, cambios, tendencias y objetivos nacionales, que permitan fortalecer los procesos de gestión hacia la construcción de una política más efectiva y construida colectivamente.
 
Dentro de las actualizaciones están: 
 
• Aumentar la disponibilidad del recurso financiero y técnico institucional, incrementar la implementación de planes, programas y proyectos de conservación, incrementar el empoderamiento de las comunidades, de los procesos de acotamiento de faja paralela y áreas de conservación. 
• Realizar mantenimiento o restablecimiento de la biodiversidad, diseñar estrategias de preservación y restauración, fortalecer los mecanismos de incorporación de humedales en el ordenamiento territorial y promover los procesos de gobernanza en buen uso y manejo.
 
Esta actualización de los humedales busca principalmente tener líneas de planificación, manejo integral y uso racional, que permitan cuidar de ellos, mantenerlos y seguir evitando las invasiones a los mismos, al igual que sus contaminaciones, así lo señaló Oscar Manrique, de la dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de MinAmbiente.  
 
Recordemos que 105,8 hectáreas de humedales son ocupados en nuestra isla de San Andrés, un aspecto muy importantes en cuanto a la biodiversidad de nuestro departamento, ya que en ellos habitan diversas especies que hacen arte de la reserva de biosfera Seaflower. Algunos de estos humedales se ubican  en sectores como Hill Well, Natania, Zotas, Lowi Cave, Faith Pond, y Spratt Bight, entre otros.
 
Un aspecto clave de los humedales es que, además de controlar los ciclos climáticos y acuáticos, presentan una gran riqueza natural convirtiéndose en una pluralidad biológica, siendo así albergue para distintas especies silvestres, proporcionando zonas de cultivo, purificando y llenando los acuíferos. Sin embargo, una considerable parte de los humedales existentes han sido destruidos a consecuencia del cambio climático, rellenos ilegales con fines de construcción y contaminación, entre otros factores. Aun así, estamos a tiempo para su recuperación y generación de alternativas que permitan darles vida.
 
¡Conservar Seaflower es proteger la vida!
 
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• Durante la inspección, se evidenció 17 permisos de carpas con sus respectivas viabilidades, y otras en trámites para su renovación.
• Hay algunos prestadores que se extienden del espacio autorizado para la colocación de más carpas, situación que también se presenta con quienes alquilan las sillas de playa.
 
San Andrés Isla, 25 de octubre de 2022. Nuestra Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina – CORALINA, en cumplimiento a las normas ambientales de las islas y en marco de las actividades que se desarrollan para beneficio de terceros en los atractivos turísticos naturales, viene inspeccionando a aquellos prestadores de servicios turísticos que ejercen la labor de alquiler de carpas y sillas en las diferentes playas y balnearios del archipiélago, esto en aras de que cumplan con las normas ambientales y requisitos para la prestación de los servicios.
 
Es así que la Subdirección de Mares y Costas de la Corporación para Desarrollo Sostenible, llevó a cabo una serie de inspecciones en el sector de Spratt Bight, donde se evidenció un total de 17 permisos de carpas con sus respectivas viabilidades, y otras en trámites para su renovación, igualmente se pudo verificar que algunos de los prestadores se extienden más allá de las áreas permitidas, sobrepasando alrededor de uno (1) y dos (2) metros de extensión de lo autorizado, situación que se presenta también con quienes alquilan las sillas de playa. 
 
Es de recordad que las medidas se encuentran estipuladas en la Resolución 061 de febrero de 2019 expedida por CORALINA (Por medio del cual se establecen medidas para la protección de playas del archipiélago de San Andrés y Providencia y se dictan pautas para su gestión integral y ordenamiento), y la cual establece la instalación de celdas por 17 unidades para ocupación de carpas, medida que también va en concordancia con el estudio de capacidad de carga efectuado en el año 2014.
 
Por último, como entidad ambiental le recordamos a todos los prestadores de servicios de carpas y sillas que no pueden exceder los límites de los linderos establecidos para la instalación de las carpas, es decir no exceder el número de unidades para las cuales se les concedió el permiso, dado que estaría sujeto a la no renovación de dicho permiso.
 
Adicionalmente informamos que a la fecha están cerrados y hasta nueva orden, el otorgamiento de permisos de prestación de servicios de carpas y de sillas en Spratt Bight.
 
¡Conservar Seaflower es proteger la vida!
 
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• El operativo se dio en una labor interinstitucional con Policía Ambiental, Secretarías de Planeación, Salud, Servicios Públicos y Medio Ambiente, Gobierno, Movilidad y OCCRE, permitiendo el proceso de sellado del punto de disposición de residuos sólidos especiales a cielo abierto.
• CORALINA ya había iniciado procesos sancionatorios contra empresas y personas que vienen infringiendo las normas ambientales en el sector de Schooner Bight.
 
San Andrés Isla, 24 de octubre de 2022. Nuestra Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA, como autoridad ambiental en el departamento, viene trabajando en pro de la defensa, conservación, preservación y mantenimiento de todos los ecosistemas del Archipiélago, razón por la cual, procedió a efectuar el cierre temporal de un depósito de residuos sólidos especiales a cielo abierto en el sector de Schooner Bight, perteneciente a la empresa Cleaning & Transformation Company, quien fue varias veces alertada a través de unos procesos, agotando todo lo pertinente al debido proceso.
 
CORALINA, en compañía de la Policía Ambiental, Secretarías de Planeación, Salud, Servicios Públicos y Medio Ambiente, Gobierno, Movilidad y OCCRE, inicio todo el proceso de sellado del punto de disposición de residuos sólidos especiales a cielo abierto, es decir ferrosos y de línea blanca, debido a la mala disposición del operador de este lugar, a quien en varias ocasiones CORALINA requirió, sin embargo la empresa habría hecho caso omiso por lo cual se adoptó la medida de sellamiento y cierre temporal del lugar hasta tanto den lugar a las medidas recomendadas por la corporación.
 
El Director General de CORALINA, Arne Britton González, quien acompaño el operativo indicó que “Ya hubo una medida preventiva que se impuso hace algunos días, luego de esta inspección la determinación fue cerrar temporalmente el lugar para que se tomen las medidas del caso, ya que en dicha zona no está permitida la recolección de residuos sólidos especiales, como lo contempla el POT, lo que está generando impacto negativo tanto visual como riesgosa, debido al funcionamiento de las plantas generadoras de energía”.
 
En base a las medidas de protección, CORALINA ya había iniciado procesos sancionatorios contra empresas y personas que vienen infringiendo las normas ambientales en el sector de Schooner Bight; expidió una resolución contra la empresa Provigas por mala disposición de cilindros de gas, en mal estado, en el sector de Schooner Bight, igualmente la corporación impuso medida preventiva a la empresa Island Cleaning & Transformation Company quien deberá suspender inmediatamente toda actividad que implique la acumulación o almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento y/o disposición  de residuos sólidos de línea blanca y ferrosos, incluida la recuperación, reciclaje o regeneración, y cierre inmediato del establecimiento o lugar donde se llevan a cabo dichas actividades, medida que también se impuso por mala disposición de residuos sólidos especiales, la cual se levantará cuando cesen las causas que originaron esta sanción. Nuestra Corporación para el Desarrollo Sostenible, de igual forma invita a la comunidad que se abstenga de llevar residuos sólidos especiales a ese sector, ya que el lugar está cerrado hasta nueva orden.
 
¡Conservar Seaflower es proteger la vida!
 
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Esta es una gran oportunidad para que de manera interinstitucional se apunte al acompañamiento y crecimiento de los negocios verdes en el territorio insular.

San Andrés Isla, 24 de octubre de 2022. Desde nuestra Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA, queremos compartir esta importante noticia pensado en los pequeños empresarios del Archipiélago; el o Director Genera,l Arne Britton González, junto al Director (e) del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA Regional San Andrés, Diego León Fernández Hurtado, la Subdirectora de Calidad y Ordenamiento Ambiental Dahian Mitchell Celis y el equipo de la ventanilla de Negocios Verdes, procedieron a realizar la firma del acuerdo entre ambas instituciones CORALINA y SENA, que busca beneficiar a los negocios verdes adscritas a la ventanilla de la corporación y a las unidades productivas adscritas en la base de datos del SENA Regional San Andrés.

El principal objetivo de este acuerdo es vincular a los negocios verdes adscritos a la oferta institucional que ofrece el SENA Regional San Andrés, ya sea cursos o capacitaciones para el fortalecimiento empresarial de los negocios verdes o el acceso a fuentes de financiación.

Asimismo, como Corporación para el Desarrollo Sostenible, en el marco de este acuerdo nos comprometeríamos en revisar la base de datos del SENA Regional San Andrés para identificar y socializar a las unidades productivas adscritas la importancia de ser negocio verdes y priorizar a las empresas con potencial en la próxima convocatoria del programa de negocios verdes.

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San Andrés Isla, 22 de octubre de 2022. En cooperación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Instituto Humboldt, Invemar, Universidad Nacional de Colombia sede Caribe, Parques Nacionales, Fundación Blue Indigo y la Gobernación Departamental, nuestra Corporación CORALINA realizó el monitoreo y evaluación de los efectos potenciales del paso del huracán ‘Julia’, el pasado 8 de octubre de 2022.

A continuación, se describe el resultado de las evaluaciones sobre los ecosistemas marinos de arrecifes coralinos y pastos marinos en las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina realizados por Invemar y CORALINA entre el 12 y el 20 de octubre de 2022. Cabe señalar que el personal de nuestra corporación, junto con Blue Indigo Foundation, Guardacostas y UN sede Caribe habían adelantado las primeras evaluaciones de impacto los días 10 al 12 de octubre de 2022.

Se realizaron evaluaciones del área de San Andrés por fuera de la barrera coralina en el costado este, en el sector norte, oeste y sur de la isla, en donde se pudo observar afectaciones menores al 15% con evidencias de ‘Julia’, a la vez que se visitaron sitios de gran impacto por el huracán ‘IOTA’, en donde algunos de los efectos aún persisten.

Los sitios más impactados en San Andrés, fueron el costado sur y este de la isla, observando colonias de corales altos como Orbicella Annularis, Orbicella faveolata y de Dendrogyra Cilyndrus volcados o fragmentados, esponjas y especialmente octocorales desprendidos desde la base.

En Providencia y Santa Catalina, el equipo de Invemar y CORALINA realizó el monitoreo de las estaciones permanentes para la evaluación del índice de Condición de Tendencia de los Arrecifes Coralinos (ICTAC), mediante equipo SCUBA se realizó la verificación de los sitios y de aquellos mayormente impactados por ‘IOTA’ para evaluar rápidamente su estado desde el 2020, y de las especies de peces que allí habitan.

Se hallaron afectaciones por ‘Julia’ menores al 5% en área de cada sitio de los ecosistemas marinos. Sin embargo, se observa la presencia de la enfermedad banda amarilla sobre especies de Orbicella Annularis y Orbicella Faveolata, blanqueamiento y posible SCTLD en otras especies, registro que debe ser confirmado en posteriores visitas.

¡Conservar Seaflower es proteger la vida!

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• Mediante aviso de la Armada Nacional, se tiene conocimiento de un acto presuntamente violatorio de la normatividad ambiental vigente por parte de una embarcación de bandera jamaiquina que se encontraba realizando actividades de pesca ilegal en el sector de Bajo Nuevo.
 
San Andrés Isla, 22 de octubre de 2022. Desde la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA informamos a la comunidad que el día 19 de octubre de 2022 siendo las 07:58 am, en el área general Bajo Nuevo en posición Lat 15 ° 51.100 N – Long 078° 42.300 W, el buque ARC “Antioquia” detecta y efectúa QUERY a un buque sospechoso en el mar territorial en el sector de Bajo Nuevo. La motonave se identifica como “Hope-On”, de matrícula JMF 20006 de bandera jamaiquina con 41 pasajeros de nacionalidad extranjera y 07 lanchas auxiliares realizando actividades de pesca, manifestando que estaban en el área por un lapso aproximado de 4 días. 
 
Se realizó visita e inspección a la motonave “Hope-On” encontrándose cavas, neveras portátiles con pez loro, langosta, tiburón y otras especies con un peso aproximado de 6566 Kg. Pesca que fue decomisada por la Armada Nacional de Colombia y puesta a disposición de la Corporación. El producto incautado se encuentra bajo la custodia de la Subdirección de Mares y Costas y se conserva en la pesquería “Ancla de Viento”, propiedad del señor Germán Celis Gordon, ubicada en el sector de Elsy Bar a la espera de la distribución entre las diferentes ONG de la comunidad raizal, la cual será supervisada por la Procuraduría Ambiental. 
 
Posteriormente, el 21 de octubre de 2022, el teniente de Corbeta David Naranjo Tabares en representación de la Armada Nacional de Colombia, solicitó la donación del 30% de la pesca incautada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1851 de 2017 que en el artículo 5º parágrafo 3º dispone lo siguiente: 
 
PARÁGRAFO 3o. Cuando la aprehensión de productos pesqueros se realice por la Armada Nacional, la Autoridad Pesquera podrá donarle a esta entidad hasta un 30% del producto decomisado para su consumo directo, cuando así lo solicite.
 
En virtud de la solicitud de donación radicada por la Armada Nacional de Colombia, la Corporación en cumplimiento de la normatividad legal vigente, procederá a realizar la entrega del 30% del producto decomisado.
 
La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina – CORALINA, se fundamenta en los principios que orientan los fines sociales, como son proteger las riquezas naturales, la función social y ecológica de la propiedad, el derecho a gozar de un ambiente sano, la planeación para el desarrollo sostenible, y velar por la conservación de un ambiente sano; presupuestos contemplados en los artículos 2, 8, 58, 79, 80 y 95 numeral 8 de la Constitución Política Nacional
 
Por su parte, el artículo 79 de la Constitución Política de Colombia, le impuso al Estado el deber proteger la diversidad e integridad del ambiente, además de conservar las áreas de especial importancia ecológica”y fomentar la educación para el logro de estos fines.
 
Seguido de ello, el artículo 80 ibídem señala que corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales con miras a garantizar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución, al tiempo que le atribuyó la obligación de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental e imponer las sanciones a que haya lugar, para cuyo cumplimiento se apoya en la imposición de las medidas preventivas y sancionatorias, de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 1333 de 2009.
 
Los dos preceptos citados condensan los aspectos principales relacionados con el ambiente que tienen manifestaciones puntuales en otros artículos constitucionales y permiten sostener que el medio ambiente es un bien jurídico susceptible de análisis desde diversas perspectivas, ya que es un derecho de las personas, un servicio público y, ante todo, un principio llamado a permear la totalidad del ordenamiento, en la medida en que otorga facultades e impone deberes a las autoridades y aún a los particulares, con miras a su protección que “ha adquirido en nuestra Constitución un carácter de objetivo social ( Sentencia C- 703 del 2010)
 
El 10 de noviembre del año 2000, el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, fue declarado Reserva de Biosfera por el Programa del Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO.  
 
Aunado a lo anterior, el Decreto Ley 2811 de 1974 (Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente), consagra, entre otros, los principios de participación y que el ambiente es patrimonio común, en sus artículos 1° y 2°, puesto que el Estado y los particulares deben participar en la preservación y manejo de los recursos naturales renovables, que son de utilidad pública e interés social.
 
En virtud de lo dispuesto en los artículos 31 y 37 de la Ley 99 de 1993, “la Corporación CORALINA es la máxima autoridad ambiental en el área del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y le corresponde, entre otros, imponer y ejecutar las medidas de policía y las sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas de protección ambiental”.
 
Así las cosas, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial con la finalidad de lograr la conservación de muestra representativas de la biodiversidad marina y costera, de los procesos ecológicos básicos que soportan la oferta ambiental del Archipiélago, y de los valores sociales y culturales de su población, declaró  mediante Resolución No. 107 de 2005, como Área Marina Protegida de la Reserva de Biosfera Seaflower, el área del Archipiélago de San Andrés, providencia y santa Catalina, que por su especial importancia ecológica, económica, social y cultural delimita con las coordenadas señaladas en el mismo acto administrativo, las cuales comprenden una extensión total de 65,018 km2.
 
El Consejo Directivo de CORALINA, mediante Acuerdo No. 002 del 2019 modifica el Acuerdo No. 021 de 2005 proferido por el Consejo Directivo de CORALINA relacionado con el Distrito de Manejo Integrado del Área Marina Protegida de la Reserva de Biosfera Seaflower, el cual establece lo siguiente: 
 
“ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: De los Usos Permitidos y Prohibidos en la Zona de Conservación (No Take). En esta zona se permiten los siguientes usos:
 
a) Usos de preservación: Comprenden todas aquellas actividades de protección, regulación, ordenamiento y control y vigilancia, dirigidas al mantenimiento de los atributos, composición, estructura y función de la biodiversidad.
b) Usos de restauración: Comprenden todas las actividades de recuperación y rehabilitación de ecosistemas; manejo, repoblación, reintroducción o trasplante de especies y enriquecimiento y manejo de hábitats, dirigidas a recuperar los atributos de la biodiversidad.
c) Usos de Conocimiento: Comprenden todas las actividades de investigación, monitoreo o educación ambiental que aumentan la
información, el conocimiento, el intercambio de saberes, la sensibilidad y conciencia frente a temas ambientales y la comprensión de los valores y funciones naturales, sociales y culturales de la biodiversidad. 
d) Usos de disfrute: Comprenden todas las actividades de recreación y ecoturismo, incluyendo la construcción, adecuación o mantenimiento de la infraestructura necesaria para su desarrollo, que no alteran los atributos de la biodiversidad previstos para la categoría.
e) El buceo scuba y el snorkeling con fines recreativos.
f) Usos relacionados con concesiones de agua de mar para plantas desalinizadoras, y el vertimiento resultante del proceso.
g) El tránsito de embarcaciones.
h) Se permiten actividades de maricultura a pequeña escala desarrollados por la comunidad local o pescadores artesanales que no causen deterioro ni afectaciones significativas al medio ambiente.
 
En esta zona quedan prohibidos los siguientes usos y actividades:
a) La extracción de recursos hidrobiológicos y pesqueros con fines comerciales o recreativos.
b) La operación y el tránsito de embarcaciones, jetsky y artefactos marítimos de propulsión a chorro con fines turísticos, recreativos o comerciales.
c) La extracción de arenas y todo tipo de dragados.
d) El depósito de material proveniente de dragados.
e) El establecimiento de zonas de fondeo. El fondeo de embarcaciones en estas zonas solo podrá hacerse de manera transitoria y de forma tal que no altere, destruya o afecte ecosistemas estratégicos como formaciones coralinas y praderas de pastos marino.
f) El achique de aguas de lastre y sedimentos, y sentinas.
g) Todos los usos y actividades que no estén contemplados como permitidos para la respectiva zona o unidad de manejo”.
 
Por su parte, el Decreto 1124 de 2013 en el artículo 1º ordena adoptar en el territorio nacional el "Plan de Acción Nacional para la Conservación y Manejo de Tiburones, Rayas y Quimeras de Colombia - PAN Tiburones Colombia", como el instrumento de Política que establece los lineamientos para la conservación y manejo sostenible de las especies de tiburones, rayas y quimeras de Colombia.
 
De conformidad con el numeral 2 del artículo 31 de Ley Ambiental en cita, corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales, ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
 
Mediante la Resolución No. 1912 del 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible "Por la cual se establece el listado de las especies silvestres amenazadas de la diversidad biológica colombiana continental y marino-costera que se encuentran en el territorio nacional, y se dictan otras disposiciones", se incluyó un registro de 34 especies identificadas de tiburones y rayas, de los cuales 2 especies se encuentran en estado de Peligro crítico - CR, 1 en estado de En peligro -EN y 13 en estado vulnerable - VU.
 
Que en consideración a la importancia ecológica que representan los tiburones, rayas marinas y quimeras para el mantenimiento de la salud de mares y océanos, y a su alta vulnerabilidad, dada por su ciclo de vida y características biológicas - como su gran longevidad, crecimiento lento, y fecundación baja-, el Comité Ejecutivo para la Pesca en sesión del 5 de marzo de 2021, definió que los tiburones y rayas Marinas dejaron de ser considerados como un recurso pesquero en el territorio nacional. Como consecuencia de la definición del Comité Ejecutivo para la Pesca, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca -AUNAP- expidió la Resolución 0380 del 5 de marzo de 2021, mediante la cual modificó la resolución 418 de 2019, en la que se excluyeron los tiburones y rayas marinas del listado de recursos pesqueros.
 
Así las cosas, la declaración de las especies de tiburones y rayas marinas como recurso hidrobiológico tuvo como consecuencia que dichas especies no son susceptibles de ser extraídas con fines comerciales o deportivos.
 
En virtud de lo anterior, el Decreto 281 del 18 de marzo de 2021 en su artículo 2.2.1.2.27.4 establece que corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible en el área de su jurisdicción y competencia, ejercer control y vigilancia ambiental del recurso hidrobiológico denominado tiburones, rayas marinas y quimeras, para prevenir, impedir o evitar la realización de una actividad o la existencia de una situación que atente contra este recurso. 
 
Por su parte, la Resolución 369 del 15 de julio de 2019 “por medio de la cual se establecen restricciones para la captura y comercialización de los peces loro y otros peces herbívoros y omnívoros tendientes a la conservación del ecosistema coralino y así como de las playas del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y se dictan otras disposiciones” en su artículo 4º prohíbe la pesca comercial e industrial de los recursos hidrobiológicos denominados peces loros, así como también prohíbe la pesca con fines deportivos o recreativos y la pesca artesanal de esta especie; además de prohibir el porte, tenencia o almacenamiento de este recurso. 
 
¡Conservar Seaflower es proteger la vida!
 
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• Esto se logra gracias al trabajo mancomunado entre la corporación para el desarrollo sostenible y las juntas de acción comunal permitiendo este apoyo con la comunidad de Tom Hooker.
• A su vez damos cumplimento a las metas trazadas en el plan de acción institucional, especialmente en la línea estratégica “Gestión Integra del Recurso Hídrico” y “Seaflower Ambientalmente Consciente” en lo que concierne a la promoción del uso de fuentes alternas de agua.
 
San Andrés Isla, 21 de octubre de 2022. La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA, en el marco de la implementación del plan de acción 2020-2023 “Proteger Seaflower es proteger la vida” viene impulsando una serie de estrategias ambientales dirigidas a fomentar el aprovechamiento sostenible y seguro de fuentes alternas de abastecimiento hídrico en sectores vulnerables de la isla de San Andrés. 
 
La contaminación presente en las aguas subterráneas que abastecen a los más de 6000 pozos domésticos identificados en San Andrés, representa un riesgo para la salud de los isleños que dependen mayoritariamente de esta fuente de agua para satisfacer sus necesidades hídricas diarias. 
 
En atención a ello, venimos implementando proyectos comunitarios (PROCEDAS) de manera mancomunada con algunas juntas de acción comunal, una de ellas la del sector de Tom Hooker. Es así que se materializa los esfuerzos de 24 familias de este sector, que han recibido el apoyo y acompañamiento de CORALINA para la formulación de su proyecto ambiental comunitario, el cual busca mejorar las prácticas de aprovechamiento de agua lluvia través del uso de filtros purificadores de agua.
 
“Esta es una forma de demostrar que existen fuentes alternos y promover el uso adecuado de agua lluvia (…) proyecto que se da gracias a las acciones comunales y por supuesto Coralina apoyo luego de ser radicado en el banco de proyectos de la corporación (…) y hay dos proyectos más que vienen ahora para aumentar a otros sectores de la isla”, manifestó el Director General de CORALINA, Arne Britton Gonzáles.
 
Es así que la Corporación viene cumpliendo las metas trazadas en su plan de acción institucional, especialmente en su línea estratégica “Gestión Integra del Recurso Hídrico” y “Seaflower Ambientalmente Consciente” en lo que concierne a la promoción del uso de fuentes alternas de agua. Este proyecto redundará en el mejoramiento de las características físicas y microbiológicas del agua lluvia almacenada en cisternas y estimulará el uso seguro de esta fuente alterna de agua para el consumo humano.
 
Emperatriz Pomare Jesse, una de las beneficiarias en la entrega de filtro purificador de agua aseguro estar complacida con el recibimiento de este apoyo lo que permitirá que ella, junto a su familia, puedan consumir agua potable sin temor alguno. 
 
Se invita a la comunidad de Tom Hooker a ser multiplicadores de esta experiencia con habitantes de otros sectores y comprometerse a dar buen uso y mantenimiento del insumo entregado conforme a las instrucciones y orientaciones de profesionales y técnicos de CORALINA. También se realizará la donación de dos filtros al centro de desarrollo infantil de Tom Hooker.
 
¡Conservar Seaflower es proteger la vida!
 
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San Andrés Isla, 21 de octubre de 2022. Con éxito culminó participación del Subdirector de Planeación de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA, Rixcie Newball Stephens, en los diálogo intercultural entre pueblos indígenas, afrodescendientes y la red IBEROMAB sobre derechos y conocimientos indígenas en el programa MAB de la UNESCO (Zona Andina), evento que se llevó a cabo en la ciudad de Bogotá el 19 y 20 de octubre de 2022.

Durante el encuentro, se dieron a conocer experiencias sobre gobernabilidad de los pueblos indígenas en las reservas de biosferas y los casos exitosos de reservas internacionales como Perú, Bolivia, Ecuador y Colombia.

En cuanto a Colombia, se presentó a los participantes los manejos que se le viene dando a las reservas biosferas del Cinturón Andino y de Seaflower, desde la formulación para ser denominados, hasta el desarrollo y proyección que ha tenido posterior a la declaratoria de reserva de biosfera.

Por su parte, nuestra Corporación para el Desarrollo Sostenible presentó como estuvo enfocada la participación de la población étnica raizal desde la creación de Seaflower, además como fue el proceso de implementación mediante el establecimiento del área marina protegida- MPA, y actualmente en el consentimiento previo e informado de proyectos en esta jurisdicción.

En la mesa de diálogos se realizó un taller con preguntas orientadoras con miras de crear políticas de participación de los pueblos indígenas, afrodescendientes y raizales, que contemplen acciones a implementar para mejorar la participación de los Pueblos indígenas en las diferentes estructuras de gobernanza de las Reservas de Biosfera locales, nacionales e internacionales.

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San Andrés Isla, 21 de octubre de 2022. Nuestra Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA, le recuerda a los prestadores y servidores turísticos del parque regional Johnny Cay que a partir del próximo lunes 24 y hasta el miércoles 26 de octubre del presente año, estará cerrado temporalmente el islote, en cumpliendo al plan de manejo del parque y basados en el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo del Archipiélago, quien ordenó el cierre temporal por lo menos tres veces durante cada año.

En el marco de este cierre de Johnny Cay, está prohibido el ingreso de visitantes a nuestro parque natural, el arribo de embarcaciones de particulares y la prestación de todo tipo de servicios que incluye restaurantes, aseadores, deportes náuticos, entre otros servicios, exceptuando de estas disposiciones, las embarcaciones de carácter oficial que tengan como finalidad asuntos propios de sus competencias, dado que se estará realizando mantenimiento de las zonas verdes, limpieza general del cayo, recolección y separación de residuos sólidos y el fortalecimiento de las buenas prácticas para el manejo de los residuos, mantenimiento de los baños públicos y de las trampas de grasas.

Recordemos que los recursos naturales también se agotan y necesitan descansar, recuperar su equilibrio natural y Johnny Cay Regional Park, es uno de esos lugares que requieren de este tipo de recuperaciones por los miles de turistas y residentes que la visitan constantemente.

Por tal razón, se invita a los prestadores de servicios turísticos y las demás autoridades como Guardacostas, Secretarías de Turismo, Gobierno y Salud, desarrollar las actividades pertinentes cuyo objetivo es la conservación de los ecosistemas del parque natural, lo que permitirá mejores servicios para turistas y residentes.

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• Durante el monitoreo realizado al sur de la isla de San Andrés, se encontró que el ancho de la playa ha aumentado debido a la erosión presentada hacia la playa trasera. Así, la playa en general presenta alturas más bajas y formación de escarpes hacia la zona de dunas y una fuerte afectación en la base de los muros en construcciones muy evidentes en el área sur de Sound Bay; y en el frente, una gran acumulación de residuos orgánicos.
 
• En cuanto a Providencia, no se evidencia afectación alguna en los manglares tras el monitoreo de la estación de Manzanillo, donde también observamos que los manglares poseen una alta resiliencia, pues se encontraron bastantes rebrotes de plántulas en árboles ubicados después de unos 40 metros de la playa.
 
San Andrés Isla, 20 de octubre de 2022. La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, CORALINA, en cooperación con INVEMAR, el Instituto Humboldt y Universidad Nacional sede Caribe, continúan con los trabajos de inspección y verificación tanto en tierra, mar y zonas costeras, sobre los diferentes ecosistemas estratégicos de las islas, afectados por el paso del huracán ‘Julia’.
 
En estas inspecciones se buscan los impactos causados por este fenómeno natural y donde se tienen muy buenas noticias, ya que se tiene un promedio de menos del 10% de los ecosistemas afectados, lo que estará permitiendo una recuperación en menor tiempo todas las afectaciones en comparación con el impacto causado por ‘IOTA’.
 
De acuerdo a lo expresado por el Biólogo Rubén Azcarate, también se están verificando algunos puntos ya históricos de monitoreo, para ver si ha cambiado la cobertura de pastos marinos, corales y cantidad de peces y especies existentes, adicionalmente se está haciendo una rápida verificación de la enfermedad de perdida de tejido coralino, que es otra de las prioridades de CORALINA, la cual está conllevando a trabajar de manera rápida, con precaución y celeridad. 
 
Es de resaltar que en las actividades que también se efectuaron en el municipio de Providencia y Santa Catalina, los investigadores de CORALINA e INVEMAR realizaron el monitoreo de las estaciones media y somera del sector de San Felipe, y las noticias son positivas, pues no evidenciaron alteraciones por el huracán ‘Julia’, ni enfermedades en los corales.
 
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Sedes Alternas

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LA CORPORACIÓN

La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (CORALINA) es una entidad pública con autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, para administrar el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por el desarrollo sostenible del Departamento Archipiélago.

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