Es de anotar que al inicio del mes de febrero de 2023, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible hizo una alerta ante el clima de tiempo seco lo que generaría mayor probabilidad de incendios forestales. “Estamos en este momento en temporada de menos lluvias, lo que significa que hay más potencialidad y probabilidad, porque la vegetación es menos húmeda, de que se generen incendios forestales. En esta temporada, ya hemos tenido 1.408 incendios, una reducción del 58 % con respecto al año anterior y una reducción en la región amazónica”, indicó la Ministra Susana Muhammad.
Recordemos que los incendios forestales producen graves daños ambientales y afectan de manera significativa a nuestra fauna silvestre; cuidar y proteger el medio ambiente está en las manos de cada uno de nosotros.
¡Conservar Seaflower es proteger la vida!
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En hechos acontecidos desde el pasado 14 de febrero, y de acuerdo al reporte entregado por la Estación de Guardacostas de San Andrés Isla, referente a producto pesquero de la motonave “Miss Astria”, dentro del Área Marina Protegida -Sección Norte- complejo arrecifal de Quitasueño y los atolones de Roncador y Serrana, zona no autorizada para pesca catalogada como de conservación, y, denominada “No Take”, donde se registraron presuntas infracciones a las normas ambientales. En el proceso de inspección CORALINA, a través de la Subdirección de Mares y Costas, realizó el procedimiento a la motonave, encontrando al interior 902.35 kg de pesca, 2 nasas, 4 pangas y 4 motores 15 HP.
Es de anotar que la Capitanía de Puerto, el día 19 de febrero del 2023, emitió certificación en la que consta que la embarcación, al momento de ser detectada se encontraba en zona de conservación; así mismo, certifica que el capitán de la motonave no informó tener situaciones especiales por condiciones meteomarinas o maquinaria de la motonave.
En consideración a que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 170 del 12 marzo de 1998, se encuentra prohibida la pesca mediante el empleo de arpón u otro instrumento similar, así, como el porte de estos objetos, y cualquier otra actividad relacionada con los mismos, en todo el territorio del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, cayos, bajos y bancos oceánicos. Asimismo, solo los pescadores artesanales que mediante buceo a pulmón libre que empleen el arpón en el desarrollo de su actividad, podrán continuar ejerciéndola en el Departamento, a excepción de las siguientes áreas:
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1333 de 2009, CORALINA impone Medida Preventiva, consistente en la suspensión inmediata de la actividad de pesca en zona “No Take”, al capitán de la MN “Miss Astria”, sin perjuicio de las competencias que a cada Autoridad corresponden.
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De acuerdo a lo expresado por el Coordinador de Control y Vigilancia de CORALINA Johnny Walker Cárdenas, “En total fueron 4 iguanas las que se le encontraron a dos personas sobre la vía Circunvalar a la altura del sector conocido como ‘La Virgencita’, procediendo a la captura de las personas y al decomiso de las iguanas (…) especies que fueron liberadas por la autoridad ambiental en el sector de Old Point”.
Recordemos que la veda de la especie de Iguana Verde inicia desde el 01 de enero al 31 de mayo de cada año, según la Resolución 124 de 2006 para San Andrés expedida por CORALINA, y para el municipio de Providencia y Santa Catalina, la medida continúa en el periodo comprendido entre 01 de noviembre al 31 de mayo de cada año, según Resolución 231 del 2007 expedida por CORALINA. Durante dichos periodos, está prohibido la caza, manipulación y consumo de la especie.
La iguana verde es un reptil originario de Sudamérica. Se trata de un saurio herbívoro perteneciente a la familia de los iguánidos, aunque por causas ambientales y costumbres de caza, cada vez es menos frecuente verlas.
La iguana está catalogada como fauna silvestre; la caza y manipulación ilegal de la fauna silvestre se encuentra protegida en todo el territorio nacional tipificada como delito, según el Artículo 328 de la Ley 1453 del 2011, “Por medio del cual establecen multa de hasta 35.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y privación de la libertad de 48 a 108 meses”.
Aunque es el primer caso de captura en flagrancia por parte de la Policía Nacional y apoyado por CORALINA en este 2023, en lo corrido del año han sido más de 5 casos reportados en el que una vez las personas son alertadas por la comunidad, los capturadores liberan las iguanas dejando que retornen a su hábitat.
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CORALINA, reitera su compromiso con el medio ambiente del Departamento Archipiélago, y en ejercicio de sus labores de control y vigilancia ha continuado efectuando los seguimientos en el municipio de Providencia y Santa Catalina, generando Informes Técnicos, contentivos de recomendaciones tendientes a mitigar el impacto ambiental.
Es de resaltar que, de conformidad con el Artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, al demostrarse este tipo de conductas contrarias a la Ley, el infractor podría hacerse acreedor de sanción de multa hasta de 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
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Es importante recordarle a la Comunidad, que dentro de las 2354 especies marinas reportadas hasta el momento en el Departamento Archipiélago, se tienen registradas 46 especies de condrictios, de los cuales 27 son tiburones, 17 rayas, y 2 Quimeras y que en general los tiburones gozan de protección internacional, nacional y local, como por ejemplo la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina por la Acción Popular para la protección de los tiburones: EXP. No.88001-23-31-000-2011-00009-00, con fallos en primera y segunda instancia, que ha obligado a diferentes autoridades y comunidad de las islas (entre los que están, los entonces Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Rural, Incoder (hoy AUNAP), CORALINA, Secretaria de Agricultura y Pesca y Departamental, Armada Nacional entre otros), a tomar diferentes medidas para su protección desde 2008 a la fecha, que han permitido la recuperación de las poblaciones naturales de tiburones incluso logrando que, a nivel mundial, la Reserva de Biosfera Seaflower se visibilice por la abundancia y conservación de tiburones, en el segundo lugar después de Bahamas, lo cual resulta ser algo muy positivo para los ecosistemas marinos.
También es importante mencionar que todas esas especies de tiburones y rayas y quimeras habitan el mar desde antes de la aparición del hombre en la tierra, por tanto, el mar es su casa y es el hombre quien los visita ocasionalmente, por lo cual debemos respetarlos, protegerlos y dado el caso, tener precauciones con algunas especies.
En el actual caso reportado de un presunto tiburón tigre merodeando la zona costera, desde el pasado 4 de febrero de 2023, mientras personal de CORALINA se encontraba apoyando la realización del monitoreo comunitario Reef Check (liderado por la ONG Corales de Paz) en los sectores denominados Faro y Nirvana, un instructor de buceo dio un reporte verbal de avistamiento de un presunto tiburón tigre, sin embargo, en el momento no fue posible confirmar el avistamiento ni tampoco coincidió con el tiburón tigre marcada por CORALINA y el Dr. Diego Cardeñosa (quien es experto en tiburones), con tag satelital el año anterior.
En días posteriores diferentes centros de buceo siguieron reportando avistamientos del presunto animal y de otras especies de tiburones, en los sectores conocidos como West View, Big Mama, con ello, el lunes 6 de febrero de 2023 la Capitanía de Puerto de San Andrés, en respuesta a múltiples solicitudes de la comunidad de tomar acciones preventivas, a raíz del fatídico caso de un turista italiano que lamentablemente falleció a causa de la mordedura de un tiburón tigre en marzo del año anterior (2022) en la misma zona, por lo cual emitió una rutinaria circular de navegación en la que se refería al caso reportado del presunto tiburón tigre, y se coordinó con CORALINA una verificación de campo, que llevó a compilar información de primera mano y revisión de algunos videos, por ejemplo uno tomado por la Armada Nacional en los alrededores de la Fragata fondeada en el Cove, en los que se pudo constatar que se trataba de otra especie de tiburón -en ese video no era un tiburón tigre sino un tiburón Oceánico de puntas blancas, el cual es común en el borde de los cantiles, y zonas profundas.
Teniendo presente lo anterior y considerando que los tiburones y demás especies de nuestra biodiversidad marina, viven en el mar alrededor de nuestras islas, es normal que al ingresar al mar se puedan topar con algunas de esas especies y en el caso de los tiburones tigre, se observó con base en los incidentes ocurridos en años anteriores, que aunque estas especies son de hábitos nocturnos y prefieren las zonas profundas, al tener fuentes de alimento disponible en zonas someras, pueden ir a investigar en busca de alimento, lo cual se incrementó por malas prácticas ambientales desarrolladas por parte de algunos negocios locales, que al parecer pretendían incrementar usuarios, al arrojar desperdicios de alimentos al mar, en busca que peces y tiburones estuvieran al alcance de la vista de sus visitantes, por lo cual fue necesario que CORALINA emitiera la Resolución No. 611 de 17 de agosto de 2022 “por medio de la cual se prohíbe el cebado (alimentación) y manipulación de fauna marina, incluyendo peces, tiburones y rayas en todo el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina” y con esto acabar con malas prácticas que pudieran llevar a nuevos incidentes de animales con potencial peligroso, cerca de bañistas.
Teniendo presente lo anterior, el día siguiente (martes 7 de febrero) Capitanía de Puerto actualizó la circular de navegación en la que se pasa a bandera amarilla el buceo por esa zona, y se recomienda de manera preventiva “… Extremar medidas de seguridad en vista que se evidenció avistamiento de tiburones”, para que, con ello, los prestadores de servicios turísticos informen a sus usuarios y ellos decidan si quieren bucear o no.
De acuerdo con algunos expertos en tiburones, si bien es cierto que nadar, caretear y/o bucear en áreas con presencia de tiburones podría generar curiosidad y acercamiento de los animales al hombre, eso no quiere decir que los animales van a “atacar” en cuanto te ven, sino que por el contrario, cuando los animales son confrontados o sienten las burbujas de los tanques de buceo, prefieren alejarse del lugar y por ello incidentes de mordeduras de tiburones al hombre son extremadamente raros a nivel mundial y en la mayoría de los casos se relacionan con incidentes provocados por pescadores que llevan carnada o comida cerca del cuerpo durante sus faenas de pesca y los animales se ven atraídos por esa pesca, sin embargo “es más fácil ganarse la lotería dos veces a que un tiburón lo muerda a uno”, no obstante lo anterior, siempre es mejor tomar medidas preventivas y mantener buenas prácticas ambientales.
Agradecemos a todas las personas a apoyar la protección de la fauna marina, que hace parte de la biodiversidad de las islas y no realizar malas prácticas ambientales como arrojar restos de alimentos al mar, pues esto puede atraer tiburones u otras especies cerca de la costa. Además, evitar la captura de ese o cualquier otro tiburón, dado que son especies protegidas y su caza y/o pesca es algo ilegal que está tipificada como delito, y quien sea sorprendido atentando o tratando de atentar contra especies protegidas puede verse sometido a diferentes sanciones tales como las siguientes:
1. Multa tras infringir la ley 1801 del 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia ciudadana en el título IX Cap. Artículo 101 Numeral 9 (Policía Nacional).
2. Violación de los usos permitidos en la Zonificación del Área Marina Protegida Seaflower (Hoy Distrito de Manejo Integrado del Área Marina Protegida de la Reserva de Biósfera Seaflower: Acuerdo 002 de 2019); Violación a los periodos de veda y/o afectación recursos naturales e incumplimiento de normatividad ambiental emitida por esta Corporación, como por ejemplo la prohibición de cebado de animales marinos (aplicación de la Ley 1333 de 2009 Procedimiento Sancionatorio ambiental -CORALINA).
3. Sanción por uso de artes de pesca prohibidas en el Departamento y por realización de actividades de pesca ilegal y/o violación de periodos de veda (Secretaría de Agricultura y Pesca del Departamento).
4. En caso de que se capture una persona en flagrancia, infringiendo la normatividad, se podrá decomisar no solo el material con el cual se infringe la ley, sino a su vez los vehículos, o bienes, por ejemplo: botes o similares (Guardacostas).
5. La caza y pesca ilegal se encuentra protegida en todo el territorio nacional tipificada como delito, según el Artículo 328 de la ley 1453 del 2011, por medio del cual se establece multa de hasta por 35.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y privación de la libertad de 48 a 108 meses.
6. Atentar contra los tiburones va en contra de las órdenes de los Jueces y de sus fallos de primera y segunda instancia, propiciados por el Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina por la Acción Popular para la protección de los tiburones: EXP. No.88001-23-31-000-2011-00009-00.
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