San Andrés, Providencia y Santa Catalina Inicia la Veda de Cangrejo Negro

San Andrés, Providencia y Santa Catalina Inicia la Veda de Cangrejo Negro

San Andrés Isla, 01 de abril del 2024. La Corporación CORALINA anuncia a todos los habitantes de San Andrés Providencia y Santa Catalina, que a partir del 01 de abril hasta el 31 de julio inicia el periodo de veda del cangrejo negro, conforme las resoluciones 156 de 1993 y 1132 del 30 de diciembre 2005, por tal motivo se prohíbe el apropio, acceso, captura, tenencia, extracción, transporte, comercialización o de cualquier otro modo, el aprovechamiento de la especie o productos derivados.

Paso Migratorio Cangrejo Negro (Gecarcicus ruricola). Una de las especies más emblemáticas de la Reserva de Biósfera Seaflower, es el Cangrejo Negro (Gecarcinus ruricola), un cangrejo terrestre de origen en el Mar Caribe, habitante del bosque seco tropical, que, a nivel nacional, solo es posible encontrar en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. La importancia de esta especie en el aspecto ecológico, cultural, económico y gastronómico es invaluable. Adicionalmente, como cangrejo terrestre ha cumplido con la función de mejorar el proceso de reciclaje de nutrientes y aumentar la aireación del suelo, alterar la estructura de la comunidad vegetal, a través del consumo selectivo de semillas y construir hogar para otro tipo de seres vivos, habitantes del bosque. Cada año, entre abril y julio, los adultos migran al mar para aparearse y desovar a millones de crías que retornan al bosque, esto obliga a las autoridades a cierre y controles de vía para vehículos y transeúntes.

En ese orden el área de la circunvalar en la isla de San Andrés (desde sector Rocosa hasta hoyo soplador, inmediaciones Elsy Bar, charquitos y Tom Hooker), se estarán realizando los operativos nocturnos por parte de la Autoridad Ambiental y la Policía Nacional, así mismos controles en los diferentes restaurantes, comercios, fair tables, hoteles y establecimientos que se dedican a comercializar y vender estos productos en las épocas permitidas.

El no acatar el periodo de veda, trae posibles sanciones y multas de conformidad a la ley 2111, por medio del cual se sustituye el título XI de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, de la ley 599 de 2000; título XI de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente y capítulo I, de los delitos contra los recursos naturales, Artículo 328, sobre aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables.

Así también, se establecerán unas estrategias pedagógicas por parte de CORALINA, a fin de socializar a la comunidad frente la responsabilidad de preservar esta especie dentro de la reserva de Biosfera Seaflower.                                                                            

¡Respetar la veda es responsablidad de todos en las las islas!

PRENSA Y COMUNICACIONES


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Fecha de publicación 02/04/2024
Última modificación 02/04/2024